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GRUPO JURIDICO VARGAS MS-UBV

MPPEU ESTABLECE LINEAMIENTOS DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO ESTUDIANTIL EN LOS PNF

El Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (Mppeu) estableció los lineamientos de evaluación del desempeño estudiantil en los Programas Nacionales de Formación, en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater, de acuerdo a Resolución Nº 2593, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.839 del 10 de enero de 2012.

Los lineamientos fueron creados con el objetivo de regular la evaluación del desempeño estudiantil de las  y los cursantes en los PNF creados y autorizados por el Mppeu, que  serán aplicados en las instituciones universitarias que los gestionan. Los programas que se administren con otros países se regirán por una evaluación particular definida para su gestión, de acuerdo al documento oficial.

La evaluación del desempeño estudiantil contempla características de participación y de crítica, la primera de éstas concebida como un proceso democrático donde todos los participantes, de manera sistemática, flexible y permanente son protagonistas y tienen diferentes grados de poder de decisión en la experiencia educativa.

Mediante la segunda se promueve el análisis colectivo de los procesos de aprendizaje, a fin de orientar y reorientar el proceso de formación, con el objeto de contribuir con la transformación de la realidad educativa y su entorno; Consensuada, porque atiende a criterios y procedimientos previamente acordados por los grupos de estudio, conformes a las intenciones curriculares de la actividad a evaluar.

Se hará de forma Integral, porque considera tanto los procesos alcanzados como los logros formativos, crea y adopta estrategias, técnicas e instrumentos que permitan evidenciar avances y logros en los diferentes ambientes y espacios de aprendizaje; También, es flexible, se adapta y contextualiza a las situaciones, condiciones y características del proceso formativo.

A la par, se ajusta a los principios de corresponsabilidad, justicia, transparencia, integralidad y transformación. Igualmente, los tipos de evaluación serán inicial, de desarrollo o procesal y de cierre. Asimismo, se aplicará la auto-evaluación, como proceso que permite al estudiante reconocer en si mismo sus potencialidades, limitaciones y emprender acciones necesarias para alcanzar el pleno desarrollo de sus conocimientos, habilidades y destrezas.

La Resolución define, además, la coevaluación como el proceso de valoración recíproca entre los estudiantes; y a la heteroevaluación, como proceso mediante el cual el docente evalúa al estudiante, dependiendo de la naturaleza de la actividad de los componentes del desarrollo curricular; esta forma de evaluación incluirá la participación de los órganos académicos de la institución y los entes locales, comunitarios y territoriales pertinentes.

Asimismo, establece los criterios para la evaluación de Proyectos como  pertinencia y vinculación integral e integradora con las comunidades y las necesidades socio-productivas, socio-comunitarias y socio-tecnológicas con visión territorial. Igualmente, participación activa en el desarrollo de las fases del proyecto y el cumplimiento de los requisitos mínimos formales de una investigación. La calificación se expresará en una escala del uno (01) al veinte (20). La nota mínima  para las unidades curriculares es de (12) y para el proyecto diez y seis (16).  

Corresponde al Despacho de la Viceministra o Viceministro de Desarrollo Académico del Mppeu  la aplicación del instrumento legal y la atención de problemas o dificultades que resulten de su aplicación.

Prensa MPPEU (12.01.11).- (Fin / Texto: Eliana Sosa).

5 comentarios

eliázar contreras -

buenos dias,soy estudiante de Estudios Juridicos Tachira, debemos debemos reflexionar, y aplicarnos las 3R, nuestro comandante nunca dejo de estudiar, debemos ser competitivos, de 10 a 12 solo son 2 ptos un esfuerzo del 20%, camaradas la ley no es retroactiva a apliquemos el INDUBIO PRO REO.

katherine -

Con todo respeto hacia uno de los comentaristas: las leyes en venezuela no son retroctivas, excepto las leyes penales siempre que favorezcan a la perosna que se encuentre sometida a un proceso penal,o haya sido procesado, excepto las leyes penales. Por lo tanto las disposiciones de esa resolución son efectivas a partir de la entrada en vigencia del mismo. Quienes tengan notas de 10 u 11, en alguna materia exceptuando proyecto, así como una nota menor a 16 en esta última, no son afectados por la resolución siempre y cuando sean calificaciones obtenidas antes del 10 de enero de 2012

Jhensy Camacho -

En lo personal pienso que esta decisión contradice la normativa legal vigente, en donde se establece que la calificación mínima aprobatoria es de diez(10) puntos, en este sentido, tal decisión no debe contradecir una norma legalmente constituida a menos que a ésta norma se le haga su respectiva reforma o modificación. Sin embargo, debo reconocer que esta nueva modalidad, si se percibe desde la perspectiva del fortalecimiento del conocimiento, debe infundir significativamente en el estudiante, ya que deberá exigirse un mayor empeño en su proceso de aprendizaje, y deslastrar el viejo paradigma que 10 es nota y lo demás es lujo. Aunado a esto, se perfila como una sana competencia con otras universidades en virtud del rendimiento académico de su población estudiantil, hecho que repercutirá en la disposición de cada dicente en ser a futuro un mejor profesional. En este sentido, en vez de verle los defectos a esta disposición, veamos sus verdaderos beneficios y trabajemos integrados por un mejor desempeño académico en función de la calidad educativa...Jhensy Camacho, estudiante de Estudios Jurídicos de la UBV aldea UNESUR

elena frances -

esto es lo ultimo que pueden hacer, que falta de respeto lo que buscan es la desastibilizacion de los estudiantes ya que la mayoria somos adultos mayores como hacemos si nos exigen mas de lo que podemos dar donde esta la inclucion falsossssss

ADER ABADIA -

CON TODO RESPETO Al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (Mppeu)Me parece una falta de respeto hacia los estudiantes modificar La calificación en una escala del uno (01) al veinte (20). siendo La nota mínima para las unidades curriculares es de (12) y para el proyecto diez y seis (16). como desean implementar esto sin tomar en consideración al colectivo estudiantil y que pasara con aquellos que ya estamos a punto de graduarnos y tenemos notas con 11 o 10 siendo que el reglamento interno de la UBV en su Artículo 13.- Para efectos de la valoración sumativa, se establece la escala valorativa comprendida entre uno (01) a veinte (20) puntos, inclusive, siendo diez (10) puntos la nota mínima aprobatoria. A los efectos de la valoración cualitativa cada Comisión Académica establecerá la escala respectiva. podrían explicar esto?????????????